Una subvención de 150.000 euros financiaba costes de investigación a lo largo de cinco años para la sociedad Quentin y se imputaba al resultado cada año. Al final del tercer año, pasa a ser reembolsable por 150.000; quedan 60.000 de ingreso diferido por imputar. ¿Qué gasto debe reconocerse de inmediato?
- Importe que ha pasado a ser reembolsable
- 150.000
- Ingreso diferido aún no imputado
- 60.000