La sociedad Vauban ha tomado prestados 5.000.000 € para financiar la construcción de un almacén, que es un activo apto. Además, utiliza un descubierto para su tesorería corriente, sin relación con la obra. En el ejercicio ha soportado 300.000 € de intereses del préstamo de construcción y 20.000 € de intereses del descubierto. ¿Qué tratamiento es conforme con el principio de la norma?