Cobalt, S.A., fabricante de cables, celebra un contrato de compra de 500 toneladas de cobre para entrega dentro de seis meses a precio fijo. El contrato podría liquidarse por el neto en efectivo, pero Cobalt lo celebró y lo mantiene para sus necesidades esperadas de uso en su producción (hechos del caso). ¿Qué conclusión es coherente con la regla sobre contratos de partidas no financieras?
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