Además de la definición de activo intangible, ¿cuáles son los dos criterios de reconocimiento previstos por la NIC 38?Su respuestaALa existencia de un mercado activo y una vida útil finita.BLa propiedad jurídica del elemento y la intención de revenderlo.CBeneficios económicos futuros seguros y un valor razonable medible por referencia a un mercado activo.DBeneficios económicos futuros atribuibles probables y un coste medible de forma fiable.Validar