El grupo Orbelline ha dejado de comercializar productos con una marca adquirida hace algunos años. La marca ya no se utiliza, pero un competidor ha presentado una oferta en firme para comprarla el próximo trimestre y Orbelline tiene intención de aceptarla. Al cierre, la marca todavía no cumple los criterios para clasificarse como mantenida para la venta (NIIF 5). ¿Cuál es el tratamiento de la marca al cierre?