Orca, S.A., operador conjunto, tiene derecho al 50 % de la producción de una operación conjunta. Durante el período recibió una producción superior a su derecho y vendió a sus clientes una parte de lo recibido (hechos del caso). ¿Sobre qué base reconoce sus ingresos del período, a la luz de la decisión del Comité de Interpretaciones de 2019?
Opción únicaAvanzadoPublicado