La sociedad Caldera vende taladros con un derecho de devolución. En las ventas del trimestre, excluyó correctamente del ingreso las devoluciones esperadas y reconoció un pasivo por reembolso de 9.000. Sin embargo, dio de baja de las existencias la totalidad de los taladros entregados, por un importe en libros de 150.000, con cargo al coste de las ventas. Según los datos del caso, el activo por el derecho a recuperar los taladros cuya devolución se espera asciende a 6.000. ¿Qué corrección debe registrarse?