Para clasificar un activo como mantenido para su distribución a los propietarios, la entidad no tiene que estar comprometida con esa distribución: basta con que la contemple.
Verdadero / falsoAvanzadoPublicado
Para clasificar un activo como mantenido para su distribución a los propietarios, la entidad no tiene que estar comprometida con esa distribución: basta con que la contemple.