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Participación mantenida para la venta
Objetivos de aprendizaje
- Explicar que una inversión clasificada como mantenida para la venta está comprendida en la NIIF 5 y no en el método de la participación.L3
Referencias normativas
- IAS 28 §20La entidad aplica la NIIF 5 a una inversión, o a una parte de una inversión, en una asociada o en un negocio conjunto que cumple los criterios para clasificarse como mantenida para la venta; la parte conservada no clasificada sigue contabilizándose por el método de la participación hasta la enajenación de la parte clasificada; tras esa enajenación, la participación mantenida se contabiliza conforme a la NIIF 9, salvo que siga siendo una asociada o un negocio conjunto, en cuyo caso se sigue aplicando el método de la participación.
Síntesis originales de los párrafos (registro de referencias), nunca una cita de la norma.