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EsencialIntermedio · Avanzado · Experto

Reversión para un activo individual

Objetivos de aprendizaje

  • Calcular la reversión, limitada al importe en libros que se habría determinado, neto de amortización, si no se hubiera reconocido ninguna pérdida anteriormente.L2, L3
  • Reconocer la reversión en el resultado o, para un activo revalorizado, en otro resultado global por encima de la pérdida reconocida anteriormente en el resultado, y ajustar después la amortización futura.L2, L3, L4

Referencias normativas

  • IAS 36 §117El importe en libros de un activo distinto del fondo de comercio tras la reversión no puede exceder del que se habría determinado, neto de amortización, si no se hubiera reconocido ninguna pérdida por deterioro del valor anteriormente.
  • IAS 36 §118Todo aumento por encima de ese límite constituye una revalorización que se rige por la norma aplicable al activo.
  • IAS 36 §119La reversión se reconoce inmediatamente en el resultado, salvo en el caso de un activo revalorizado, para el que se trata como un aumento de la revalorización.
  • IAS 36 §120En el caso de un activo revalorizado, la reversión se reconoce en otro resultado global e incrementa el superávit de revalorización, salvo en la medida de una pérdida reconocida anteriormente en el resultado, que se revierte en el resultado.
  • IAS 36 §121Tras una reversión, la amortización futura se ajusta para distribuir el nuevo importe en libros, neto del valor residual, a lo largo de la vida útil restante.

Síntesis originales de los párrafos (registro de referencias), nunca una cita de la norma.

16 preguntas