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La excepción: valor razonable en lugar de consolidación
Objetivos de aprendizaje
- Explicar que la entidad de inversión valora sus dependientes a valor razonable con cambios en resultados, salvo la dependiente que presta servicios relacionados con sus actividades de inversión.L3
Referencias normativas
- IFRS 10 §31Salvo en el caso del párr. 32, una entidad de inversión no consolida sus dependientes ni aplica la NIIF 3 cuando obtiene el control de otra entidad; valora su inversión en una dependiente a valor razonable con cambios en resultados conforme a la NIIF 9.
- IFRS 10 §32Como excepción al párr. 31, una entidad de inversión consolida, conforme a los párr. 19 a 26, una dependiente que no es por sí misma una entidad de inversión y cuyo objeto y actividades principales consisten en prestar servicios relacionados con sus actividades de inversión, y aplica la NIIF 3 a la adquisición de dicha dependiente.
Síntesis originales de los párrafos (registro de referencias), nunca una cita de la norma.
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Casos prácticos
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