Jade, S.A. tiene un depósito de 500.000 en el banco Terra y un préstamo de 480.000 del mismo banco. El acuerdo entre Jade y Terra da a Jade el derecho a compensar estos importes únicamente en caso de impago de Terra o de Jade (hechos del caso). Jade tiene la intención de liquidar por el neto. ¿Se cumple el criterio del derecho exigible legalmente a compensar?
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