El mismo día, la sociedad Arnave firma con la sociedad Pellegrue dos contratos: el diseño de una línea de producción específica por 120.000 y su construcción por 900.000. Cada precio corresponde a las tarifas habituales de Arnave. Arnave ha concluido (juicio documentado, dato del caso) que diseño y construcción están tan estrechamente imbricados que constituyen una sola obligación de ejecución. ¿Cómo contabiliza estos contratos?