AvanzadoAvanzado · Experto
Parte de las participaciones no dominantes
Objetivos de aprendizaje
- Analizar la atribución de la diferencia de conversión a las participaciones no dominantes.L3, L4
Referencias normativas
- IAS 21 §41Las diferencias del párr. 39(c) proceden (a) de la conversión de los ingresos y gastos a los tipos de las transacciones y de los activos y pasivos al tipo de cambio de cierre, y (b) de la conversión de los activos netos de apertura a un tipo de cierre distinto del anterior; no se reconocen en resultados porque el efecto de las variaciones de los tipos en los flujos de efectivo de explotación es escaso o nulo; su importe acumulado figura en un componente separado del patrimonio neto hasta la enajenación del negocio. Para un negocio consolidado que no se posee en su totalidad, la parte del importe acumulado atribuible a las participaciones no dominantes se les asigna en el estado consolidado de situación financiera.
Síntesis originales de los párrafos (registro de referencias), nunca una cita de la norma.
1 pregunta
Casos prácticos
Papeles de trabajo
- Expediente de conversión de un negocio en el extranjero: tipos, reserva de conversión, fondo de comercio, impuestos y saldos intragrupoL2, L3, L4
- Expediente de la inversión neta y de la enajenación de un negocio en el extranjero: diferencias, reclasificación, enajenación parcial y participaciones no dominantesL3, L4