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Contraprestación variable y su limitación

Objetivos de aprendizaje

  • Identificar las formas de contraprestación variable (descuentos, rappels, reembolsos, créditos, reducciones de precio, primas de rendimiento, penalizaciones) y las situaciones en que el precio es variable sin cláusula explícita.L2
  • Estimar la contraprestación variable mediante el valor esperado (suma ponderada por las probabilidades) o el importe más probable, según el método que mejor prediga el importe al que la entidad tendrá derecho.L2, L3
  • Evaluar la limitación de las estimaciones de la contraprestación variable: incluir solo la parte para la que sea altamente probable que no se produzca una reversión significativa del importe acumulado de ingresos ordinarios reconocidos, a la luz de los factores de la norma.L3, L4
  • Reconocer un pasivo por reembolso y su nueva estimación en cada fecha de cierre.L2, L3

Referencias normativas

  • IFRS 15 §50Cuando la contraprestación comprometida incluye un importe variable, la entidad estima el importe al que espera tener derecho a cambio de los bienes o servicios transferidos.
  • IFRS 15 §51La contraprestación puede variar debido a descuentos, rappels, reembolsos, créditos, reducciones de precio, incentivos, primas de rendimiento, penalizaciones u otros elementos similares. También es variable cuando el derecho de la entidad depende de que se produzca o no un suceso futuro (por ejemplo, un producto vendido con derecho de devolución, o una prima fija sujeta al cumplimiento de un hito).
  • IFRS 15 §52La variabilidad puede ser explícita en el contrato o implícita. Existe, en particular, si el cliente tiene una expectativa válida, derivada de las prácticas habituales, las políticas publicadas o las declaraciones de la entidad, de que esta aceptará un importe inferior al precio contractual (reducción de precio), o si otros hechos indican que la entidad pretende conceder esa reducción desde la celebración del contrato.
  • IFRS 15 §53La entidad estima la contraprestación variable con el método que mejor predice el importe al que tendrá derecho: el valor esperado (suma ponderada por las probabilidades, adecuado para un gran número de contratos similares) o el importe más probable (desenlace único más probable, adecuado cuando solo hay dos desenlaces posibles, por ejemplo una prima obtenida o no).
  • IFRS 15 §54La entidad aplica un mismo método de forma uniforme durante todo el contrato para estimar el efecto de una incertidumbre, y tiene en cuenta toda la información razonablemente disponible (histórica, actual y prevista) para definir un número razonable de escenarios.
  • IFRS 15Si la entidad recibe una contraprestación que espera reembolsar total o parcialmente, reconoce un pasivo por reembolso, valorado por el importe recibido o a recibir al que no espera tener derecho (importe excluido del precio de la transacción). Ese pasivo se actualiza en cada fecha de cierre; el tratamiento de las ventas con derecho de devolución se precisa en B20-B27.
  • IFRS 15 §56La entidad solo incluye una parte o la totalidad de la contraprestación variable estimada en el precio de la transacción en la medida en que sea altamente probable que no se produzca una reversión significativa del importe acumulado de ingresos ordinarios reconocidos cuando se resuelva posteriormente la incertidumbre.
  • IFRS 15 §57Para evaluar si es altamente probable, la entidad considera tanto la probabilidad como la magnitud de una reversión. Aumentan ese riesgo, entre otros factores: una contraprestación muy sensible a factores externos (mercado, condiciones meteorológicas, juicio de terceros, obsolescencia), una incertidumbre que no se resolverá hasta después de un largo periodo, una experiencia limitada o poco predictiva, la práctica de conceder reducciones de precio o de modificar las condiciones de pago, y un amplio abanico de importes posibles.
  • IFRS 15Para una regalía basada en ventas o en el uso comprometida a cambio de una licencia de propiedad intelectual, la entidad aplica el párrafo B63 (excepción a los requisitos generales de estimación y limitación).
  • IFRS 15En cada fecha de cierre, la entidad actualiza el precio de la transacción estimado, incluida la evaluación de la limitación, para reflejar fielmente la situación al cierre y los cambios del periodo; las variaciones se tratan conforme a los párrafos 87 a 90.

Síntesis originales de los párrafos (registro de referencias), nunca una cita de la norma.

25 preguntas