EspecializadoAvanzado
Remisión a la NIC 38: intangibles adquiridos
Objetivos de aprendizaje
- Explicar por qué un activo intangible adquirido en una combinación se reconoce por separado del fondo de comercio si es identificable.L3
Referencias normativas
- IFRS 3 §B32Criterio contractual o legal: un activo intangible que lo cumple es identificable aunque no sea transferible ni separable de la entidad adquirida o de otros derechos y obligaciones; ejemplos de la norma: la licencia de explotación de una central nuclear (que puede agruparse con la central si sus vidas útiles son similares) y una patente cedida en licencia junto con el contrato de licencia.
- IFRS 3 §B33Criterio de separabilidad: el activo intangible puede separarse y venderse, transferirse, cederse en licencia, arrendarse o intercambiarse, individualmente o junto con una partida relacionada, aunque la adquirente no tenga intención de hacerlo; la existencia de transacciones de intercambio para ese tipo de activo o un activo similar, aunque sean poco frecuentes, lo demuestra (por ejemplo, las listas de clientes, que a menudo se ceden en licencia), salvo que cláusulas de confidencialidad prohíban ceder esa información.
Síntesis originales de los párrafos (registro de referencias), nunca una cita de la norma.
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Casos prácticos
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