EsencialIntermedio · Avanzado
Efecto de la elección en el fondo de comercio
Objetivos de aprendizaje
- Calcular el fondo de comercio con ambos métodos y el fondo de comercio atribuible a la participación no dominante (diferencia).L2, L3
- Analizar el efecto de la elección en el fondo de comercio, el patrimonio neto y las futuras pruebas de deterioro del valor.L2, L3
Referencias normativas
- IFRS 3 §19En cada combinación, la adquirente valora en la fecha de adquisición los componentes de la participación no dominante que son participaciones en la propiedad actuales y que dan derecho a una parte proporcional de los activos netos en caso de liquidación, bien a valor razonable, bien por la parte proporcional que representan en los importes reconocidos de los activos netos identificables de la entidad adquirida; la elección se realiza combinación por combinación. Todos los demás componentes se valoran a su valor razonable en la fecha de adquisición, salvo que las NIIF exijan otra base. Restricción añadida por las Mejoras de mayo de 2010 (párr. 64B). El método retenido para un caso nunca viene impuesto por la norma.
- IFRS 3 §32Fondo de comercio = contraprestación transferida + participación no dominante + valor razonable en la fecha de adquisición de la participación previa en el patrimonio (combinación realizada por etapas) − importe neto de los activos identificables adquiridos y de los pasivos asumidos, valorados según la NIIF 3 en la fecha de adquisición.
Síntesis originales de los párrafos (registro de referencias), nunca una cita de la norma.
3 preguntas
- Vienne, S.A. adquiere el 80 % de Cèdre, S.A. por una contraprestación transferida de {consideration}. Los activos netos identificables de Cèdre, valorados según la NIIF 3, son de {net_assets}. El valor razonable de la participación no dominante del {nci_percent} es de {nci_fair_value}. Calcule el fondo de comercio atribuible a la participación no dominante, es decir, la diferencia entre el fondo de comercio calculado con esa participación a valor razonable y el calculado con esa participación por su parte proporcional.L2
- En una combinación en la que la participación no dominante se valora por la parte proporcional, el analista de Hêtre, S.A. calcula el fondo de comercio así: contraprestación transferida menos activos netos identificables. ¿Cuál es el error de este cálculo?L2
- Isère, S.A. adquiere el 75 % de Tilleul, S.A. pagando {cash_paid} en efectivo. En la fecha de adquisición, los activos identificables de Tilleul tienen un valor razonable de {assets_fv} y sus pasivos asumidos de {liabilities_fv}. Convención del caso: Isère valora la participación no dominante del 25 % por su valor razonable, de {nci_fv}; el asiento se registra a nivel de la combinación. Registre el asiento de adquisición.L3
Casos prácticos
- Asignación del precio de adquisición: valores razonables, impuesto diferido, participaciones no dominantes (valor razonable o parte proporcional), fondo de comercio, ganancia por compra en condiciones ventajosas y costes de adquisiciónL2
- Toma de control por etapas: nueva valoración de la participación anterior, reclasificación de otro resultado global, fondo de comercio, relación preexistente y remuneración de servicios futurosL3