EsencialPrincipiante · Intermedio · Avanzado
Valoración de la participación no dominante
Objetivos de aprendizaje
- Calcular la participación no dominante según cada uno de los dos métodos a partir de los datos de un caso.L1, L2, L3
- Distinguir el método del valor razonable (fondo de comercio total) del método de la parte proporcional (fondo de comercio parcial) y recordar que la elección se realiza para cada combinación de negocios.L1, L2, L3
Referencias normativas
- IFRS 3 §19En cada combinación, la adquirente valora en la fecha de adquisición los componentes de la participación no dominante que son participaciones en la propiedad actuales y que dan derecho a una parte proporcional de los activos netos en caso de liquidación, bien a valor razonable, bien por la parte proporcional que representan en los importes reconocidos de los activos netos identificables de la entidad adquirida; la elección se realiza combinación por combinación. Todos los demás componentes se valoran a su valor razonable en la fecha de adquisición, salvo que las NIIF exijan otra base. Restricción añadida por las Mejoras de mayo de 2010 (párr. 64B). El método retenido para un caso nunca viene impuesto por la norma.
Síntesis originales de los párrafos (registro de referencias), nunca una cita de la norma.
5 preguntas
- La guía sobre el control no designa claramente al adquirente. ¿Qué factores figuran entre las indicaciones adicionales que hay que considerar? Es posible más de una respuesta.L2
- La elección entre el valor razonable y la parte proporcional de los activos netos identificables para valorar la participación no dominante es una política única, que se aplica a todas las combinaciones de negocios de la entidad.L1
- El 1 de abril, Seine, S.A. adquiere el 70 % de Marne, S.A. Los activos netos identificables de Marne, valorados según la NIIF 3, son de {identifiable_net_assets}. Los demás accionistas poseen el {minority_percent} del capital. Convención del caso: Seine elige, para esta combinación, valorar la participación no dominante por su parte proporcional de los activos netos identificables. Calcule la participación no dominante en la fecha de adquisición.L2
- Rhin, S.A. ha realizado dos combinaciones en el ejercicio: Aube, S.A. (cotizada, con una cotización disponible para los accionistas minoritarios) y Braise, S.A. (no cotizada). El manual contable de Rhin impone la parte proporcional «para todas las combinaciones». Redacte una nota breve que concluya sobre esta política, distinguiendo hechos del caso, regla y juicio profesional.L3
- Cristal, S.A. adquirió el {parent_percent} de Sable, S.A. y valoró la participación no dominante por su parte proporcional de los activos netos identificables; el fondo de comercio reconocido es de {goodwill_recognised}. Sable es una unidad generadora de efectivo a la que se asigna este fondo de comercio. Convención del caso: el fondo de comercio reconocido corresponde íntegramente a la parte del {parent_percent}. Calcule el importe en libros del fondo de comercio incrementado al 100 % antes de la comparación con el importe recuperable.L3
Casos prácticos
- Asignación del precio de adquisición: valores razonables, impuesto diferido, participaciones no dominantes (valor razonable o parte proporcional), fondo de comercio, ganancia por compra en condiciones ventajosas y costes de adquisiciónL2
- Toma de control por etapas: nueva valoración de la participación anterior, reclasificación de otro resultado global, fondo de comercio, relación preexistente y remuneración de servicios futurosL3
- Expediente de un grupo: identificación, asignación del precio de adquisición, contraprestación contingente y combinación por etapas (NIIF 3)L4