AvanzadoExperto
Adquirente contable en una adquisición inversa
Objetivos de aprendizaje
- Identificar la adquirente contable y la adquirida contable en una adquisición inversa, y la condición de que la adquirida contable sea un negocio.L4
Referencias normativas
- IFRS 3 §B19Adquisición inversa: la entidad que emite los títulos (la adquirente legal) es la entidad adquirida a efectos contables y la entidad cuyos títulos se adquieren (en general, la dependiente legal) es la adquirente contable (B19 a B27). La adquirida contable debe ser un negocio (criterio de B7) para que la operación sea una adquisición inversa en el ámbito de la NIIF 3. Información no normativa (decisión de agenda del Comité de Interpretaciones de las NIIF de marzo de 2013): si esa entidad no es un negocio, B19 a B27 se aplican por analogía para identificar a la adquirente contable, pero la operación no es una combinación de negocios: se rige por la NIIF 2, y la diferencia entre el valor razonable de las acciones que se consideran emitidas y el de los activos netos identificables adquiridos remunera el servicio de cotización, que se reconoce como gasto.
Síntesis originales de los párrafos (registro de referencias), nunca una cita de la norma.