El 20 de diciembre, el consejo de la sociedad Talvène decide, en sesión, reembolsar en el futuro a los clientes insatisfechos más allá de sus obligaciones contractuales. No se ha anunciado nada al exterior y no era una práctica de la sociedad. ¿Existe una obligación implícita en la fecha de cierre del 31 de diciembre?
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