Un compañero escribe: «La NIIF 12 cita el 20 % y el 50 %: son umbrales; una entidad que posee el 15 % de los derechos de voto de otra entidad no tiene, por tanto, ningún juicio de influencia significativa que explicar». ¿Cuál es el error de este razonamiento?
Opción únicaIntermedioVariante — grupo VG.IFRS12.000004Publicado