La sociedad Codexa desarrolla para un banco un sistema de gestión de créditos; el contrato constituye una única obligación de ejecución, que se satisface a lo largo del tiempo y está ejecutada al 60 %. Las partes aprueban la adición de un módulo de calificación crediticia integrado en el núcleo del sistema: modifica la arquitectura ya entregada y solo puede funcionar con ella. El precio aumenta en un importe inferior al precio de venta independiente de un módulo de ese tipo. ¿Cómo trata Codexa esta modificación?