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Las evidencias objetivas de deterioro del valor

Objetivos de aprendizaje

  • Identificar la evidencia objetiva de deterioro del valor de la inversión neta en una asociada.L3
  • Justificar a partir de los hechos de un caso que es necesaria una prueba de deterioro del valor.L3

Referencias normativas

  • IAS 28 §40Tras aplicar el método de la participación, incluido el reconocimiento de las pérdidas conforme al párr. 38, la entidad aplica los párr. 41A a 41C para determinar si existe evidencia objetiva de deterioro del valor de su inversión neta en la asociada o el negocio conjunto.
  • IAS 28 §41ALa inversión neta está deteriorada, y se incurre en pérdidas por deterioro del valor, si y solo si existe evidencia objetiva de deterioro como resultado de uno o varios sucesos ocurridos después de su reconocimiento inicial (sucesos causantes de la pérdida) cuyo efecto sobre los flujos de efectivo futuros estimados de la inversión neta puede estimarse de forma fiable; no se reconocen las pérdidas esperadas como consecuencia de sucesos futuros. Constituyen, entre otros, evidencia objetiva los datos observables sobre: dificultades financieras significativas de la participada; un incumplimiento del contrato (impago o retraso en los pagos); una concesión otorgada por sus dificultades financieras; la probabilidad de que entre en quiebra o en otra forma de reorganización financiera; la desaparición de un mercado activo para la inversión neta debido a sus dificultades financieras.
  • IAS 28 §41CAdemás de los sucesos del párr. 41A, constituyen evidencia objetiva de deterioro del valor de la inversión neta en los instrumentos de patrimonio de la asociada o del negocio conjunto la información sobre cambios significativos con efectos adversos ocurridos en el entorno tecnológico, de mercado, económico o legal de la participada que indiquen que el coste de la inversión podría no recuperarse, así como un descenso significativo o prolongado del valor razonable de la inversión por debajo de su coste. El párr. 41B precisa que la mera desaparición de un mercado activo por dejar de cotizar no es un indicio de deterioro del valor, y que una rebaja de la calificación crediticia o un descenso del valor razonable no lo es por sí solo.

Síntesis originales de los párrafos (registro de referencias), nunca una cita de la norma.

3 preguntas