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Transacciones con la operación conjunta: ganancia limitada

Objetivos de aprendizaje

  • Calcular la ganancia reconocida por un operador conjunto en la venta de un activo a la operación conjunta, limitada a la participación de las demás partes.L2, L3
  • Registrar la venta de un activo por el operador conjunto a su operación conjunta con una ganancia parcial.L3

Referencias normativas

  • IFRS 11 §22La contabilización de las operaciones entre una entidad y una operación conjunta de la que es operador conjunto (venta, aportación o compra de activos) se precisa en la guía de aplicación: la ganancia o pérdida de una venta o aportación se reconoce solo en la medida de la participación de las demás partes (B34), y las pérdidas que ponen de manifiesto una reducción del valor realizable neto o un deterioro del valor se reconocen íntegramente (B35); en una compra, la parte de la ganancia o pérdida solo se reconoce cuando los activos se revenden a un tercero (B36), y se reconoce la parte de las pérdidas que ponen de manifiesto una reducción de valor (B37).
  • IFRS 11 §B34Guía sobre las operaciones con la operación conjunta: la ganancia o pérdida en la venta o aportación de activos a la operación conjunta solo se reconoce en la medida de la participación de las demás partes.

Síntesis originales de los párrafos (registro de referencias), nunca una cita de la norma.

3 preguntas