EspecializadoAvanzado · Experto
Modificaciones de un arrendamiento financiero
Objetivos de aprendizaje
- Determinar el tratamiento de una modificación de un arrendamiento financiero: arrendamiento separado, nuevo arrendamiento operativo sobre la base de la inversión neta o aplicación de la NIIF 9.L3, L4
Referencias normativas
- IFRS 16 §79El arrendador contabiliza la modificación de un arrendamiento financiero como un arrendamiento separado si se cumplen dos condiciones: la modificación amplía el alcance añadiendo el derecho de uso de uno o más activos subyacentes, y la contraprestación aumenta en un importe acorde con el precio independiente de esa ampliación, ajustado en su caso para reflejar las circunstancias del contrato.
- IFRS 16 §80Si la modificación no constituye un arrendamiento separado: cuando el arrendamiento se habría clasificado como operativo si la modificación hubiera estado vigente en la fecha de inicio, el arrendador la contabiliza como un nuevo arrendamiento a partir de la fecha de efecto y valora el activo subyacente por el importe de la inversión neta inmediatamente antes de esa fecha; en los demás casos, aplica la NIIF 9.
Síntesis originales de los párrafos (registro de referencias), nunca una cita de la norma.
3 preguntas
- Nordhal, arrendador, cede tres máquinas de corte láser a un fabricante mediante un arrendamiento financiero. Durante el contrato, las partes acuerdan añadir una cuarta máquina; la contraprestación aumenta en un importe acorde con el precio independiente de esta máquina adicional, ajustado para reflejar las circunstancias del contrato. ¿Cómo contabiliza Nordhal esta modificación?L3
- Estrel, naviera arrendadora, cede un buque de apoyo en arrendamiento financiero. El 1 de julio de 20X3, las partes acortan sustancialmente el plazo del arrendamiento, sin añadir ningún activo. El análisis documentado de Estrel concluye que, si esta modificación hubiera existido en la fecha de inicio, el arrendamiento se habría clasificado como operativo. Inmediatamente antes de la fecha de efecto de la modificación, la inversión neta asciende a 180.000; el valor razonable del buque se estima en 210.000. ¿Qué tratamiento es conforme con la NIIF 16?L3
- Parvel, arrendador, ha cedido en arrendamiento financiero un tren de tranvía a un operador regional. Ante las dificultades de tesorería del arrendatario, las partes reprograman los pagos restantes, sin modificar el alcance del arrendamiento ni añadir ningún activo. El equipo de Parvel concluye que el arrendamiento se habría clasificado igualmente como financiero si estas nuevas condiciones hubieran existido en la fecha de inicio. El responsable de control financiero propone valorar de nuevo la partida a cobrar como hace un arrendatario con su pasivo por arrendamiento. ¿Qué posición defiende usted?L4
Casos prácticos
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Papeles de trabajo
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