EsencialPrincipiante · Intermedio
Pérdida crediticia, pérdida esperada y activo con deterioro crediticio
Objetivos de aprendizaje
- Distinguir una pérdida crediticia, las pérdidas crediticias esperadas en los 12 meses siguientes y durante toda la vida del activo, y un activo financiero con deterioro crediticio.L1, L2
Referencias normativas
- IFRS 9 §B5.4.7Un activo puede tener deterioro crediticio desde su reconocimiento inicial porque su riesgo de crédito es muy elevado (y, en una compra, se adquirió con un fuerte descuento); las pérdidas esperadas iniciales se incluyen entonces en los flujos utilizados para el tipo de interés efectivo ajustado por el riesgo de crédito. Un riesgo de crédito elevado en el reconocimiento inicial no justifica por sí solo la aplicación de ese tipo ajustado.
- IFRS 9Apéndice A (términos del riesgo de crédito): un activo financiero tiene deterioro crediticio cuando se han producido uno o varios hechos con un efecto perjudicial sobre sus flujos de efectivo futuros estimados; la definición cita datos observables (dificultades financieras significativas, incumplimiento del contrato como un impago o una mora, concesión, quiebra probable, desaparición de un mercado activo, adquisición con un fuerte descuento); una pérdida crediticia es la diferencia, descontada al tipo de interés efectivo original, entre los flujos contractuales debidos y los flujos que la entidad espera recibir; las pérdidas crediticias esperadas son la media ponderada de las pérdidas crediticias, utilizando como ponderaciones los riesgos de impago; las pérdidas a 12 meses son la parte de las pérdidas durante toda la vida del activo que resulta de los impagos posibles en los 12 meses siguientes a la fecha de cierre. El apéndice A no define el impago: el párr. B5.5.37 remite a la definición interna de la entidad, con una presunción refutable de impago a más tardar a los 90 días de mora.
- IFRS 9 §B5.5.37Para evaluar el riesgo de impago, la entidad aplica una definición de impago coherente con la utilizada en su gestión interna del riesgo de crédito para el instrumento de que se trate y tiene en cuenta, cuando proceda, indicadores cualitativos (por ejemplo, cláusulas financieras); existe una presunción refutable de que el impago se produce a más tardar cuando el activo presenta una mora de 90 días, salvo información razonable y fundamentada que justifique un criterio más tardío; la definición se aplica de forma coherente a todos los instrumentos, salvo información que demuestre que otra resulta más adecuada para un instrumento concreto.
Síntesis originales de los párrafos (registro de referencias), nunca una cita de la norma.
3 preguntas
- Un activo financiero adquirido con un riesgo de crédito elevado es, por ese motivo, un activo financiero con deterioro crediticio.L1
- Según los términos definidos de la NIIF 9, ¿qué representa la pérdida crediticia esperada a 12 meses?L1
- Un empleado resume en una nota los términos del riesgo de crédito definidos por la NIIF 9. ¿Cuál de estas frases es errónea?L2
Casos prácticos
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Papeles de trabajo
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