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Contratos sobre partidas no financieras y uso propio

Objetivos de aprendizaje

  • Evaluar si un contrato de compra o venta de una partida no financiera se acoge a la excepción de uso propio o corresponde a la norma, y si se contempla la designación a valor razonable con cambios en resultados.L3

Referencias normativas

  • IFRS 9 §2.4Los contratos de compra o venta de una partida no financiera que pueden liquidarse por el neto (en efectivo, mediante otro instrumento financiero o mediante el intercambio de instrumentos financieros) se tratan como instrumentos financieros, salvo que se hayan celebrado y se mantengan para recibir o entregar la partida según las necesidades previstas de compra, venta o uso de la entidad (excepción de uso propio); un contrato designado a VRCR según el párr. 2.5 permanece en el alcance. Las prácticas de liquidación por el neto o de reventa rápida que excluyen la excepción se describen en el párr. 2.6.
  • IFRS 9 §2.5Un contrato de compra o venta de una partida no financiera que puede liquidarse por el neto puede designarse irrevocablemente a VRCR aunque se acoja al uso propio; la designación solo es posible al inicio del contrato y únicamente si elimina o reduce significativamente una incoherencia en el reconocimiento (asimetría contable) derivada de no reconocer el contrato excluido del alcance.
  • IFRS 9 §2.6Un contrato sobre una partida no financiera puede liquidarse por el neto de varias formas: (a) sus condiciones lo permiten; (b) la entidad tiene la práctica de liquidar por el neto contratos similares (con la contraparte, mediante contratos de sentido contrario o mediante su venta antes del ejercicio o del vencimiento); (c) la entidad tiene la práctica de recibir la partida y venderla en un plazo breve para obtener un beneficio por las fluctuaciones de precio o un margen de intermediación; (d) la partida es fácilmente convertible en efectivo. Un contrato al que se aplican (b) o (c) no se celebra para uso propio y corresponde a la norma; los demás se examinan a la luz de la excepción de uso propio. Párrafo modificado en diciembre de 2024 (contratos relativos a electricidad dependiente de la naturaleza, ejercicios iniciados a partir del 1 de enero de 2026).

Síntesis originales de los párrafos (registro de referencias), nunca una cita de la norma.

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