¿En qué medida se reconoce un activo por impuesto diferido por las diferencias temporarias deducibles?Su respuestaAPor su totalidad, sin condiciones.BSolo hasta el importe de los pasivos por impuesto diferido ya reconocidos por la entidad, cualquiera que sea su fecha de reversión.CEn la medida en que sea probable disponer de una ganancia fiscal contra la que imputarlas.DSolo si la entidad nunca ha sufrido una pérdida fiscal.ValidarPista