Ante un tratamiento fiscal incierto, la entidad reconoce y valora su impuesto corriente o diferido aplicando la NIC 12, sobre la base de los importes determinados según la CINIIF 23.
Verdadero / falsoIntermedioPublicado
Ante un tratamiento fiscal incierto, la entidad reconoce y valora su impuesto corriente o diferido aplicando la NIC 12, sobre la base de los importes determinados según la CINIIF 23.