En 20X6, primer año de aplicación de la legislación del Pilar Dos, el grupo Pruvenza adeuda un impuesto complementario de 210.000 (dato del caso); sus equipos señalan también diferencias entre importes en libros y bases utilizadas por las reglas del Pilar Dos, que generarían un impuesto complementario futuro. ¿Qué tratamiento procede?
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