Ir al contenido principal
IFRS Academy

CERTYNEX IFRS ACADEMY

Buscar en la Academia

Inicio
Mi itinerario
Ejercicios y cuestionarios
Casos prácticos
Papeles de trabajo
Exámenes
Mi progreso

EsencialPrincipiante · Intermedio

Aportaciones definidas o prestaciones definidas

Objetivos de aprendizaje

  • Distinguir un plan de aportaciones definidas de un plan de prestaciones definidas según el reparto del riesgo.L1
  • Justificar la clasificación de un plan a partir de sus condiciones, incluida una eventual obligación implícita.L2

Referencias normativas

  • IAS 19 §8Definiciones: categorías de retribuciones (a corto plazo, es decir, que se espera liquidar íntegramente antes de los doce meses siguientes al cierre del ejercicio en que se prestan los servicios; post-empleo; otras a largo plazo; indemnizaciones por cese); plan de aportaciones definidas (aportaciones fijas a una entidad separada, sin obligación legal ni implícita de realizar aportaciones adicionales si el fondo no es suficiente) y plan de prestaciones definidas (cualquier otro plan); déficit o superávit (valor actual de la obligación menos el valor razonable de los activos afectos al plan), pasivo (activo) neto por prestaciones definidas (déficit o superávit ajustado por el efecto del techo) y límite del activo (valor actual de los reembolsos o reducciones de aportaciones futuras disponibles); activos afectos al plan (activos de un fondo jurídicamente separado destinado a las retribuciones y pólizas de seguro aptas, fuera del alcance de los acreedores de la entidad); coste de los servicios pasados (variación de la obligación por servicios anteriores debida a una modificación o a una reducción del plan, siendo esta última una disminución significativa del número de empleados cubiertos); liquidación (operación que extingue la totalidad o parte de las obligaciones, distinta del pago de prestaciones previstas en las condiciones del plan e incluidas en las hipótesis actuariales).
  • IAS 19 §26Las retribuciones post-empleo comprenden, entre otras, las prestaciones por jubilación (rentas o pagos únicos) y otras prestaciones como los seguros de vida o la asistencia médica post-empleo; la norma se aplica a todos estos acuerdos, con independencia de que una entidad separada reciba las aportaciones y pague las prestaciones.
  • IAS 19 §27Un plan post-empleo se clasifica como de aportaciones definidas o de prestaciones definidas según su fondo económico, apreciado a partir de sus principales condiciones; en un plan de aportaciones definidas, la obligación de la entidad se limita a las aportaciones acordadas y los riesgos actuarial y de inversión recaen, en esencia, en el empleado (párr. 28); en un plan de prestaciones definidas, recaen en la entidad (párr. 30); el párr. 29 da ejemplos de obligaciones que van más allá de las aportaciones.

Síntesis originales de los párrafos (registro de referencias), nunca una cita de la norma.

4 preguntas