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EsencialIntermedio · Avanzado · Experto

Obligación presente y suceso que da origen a la obligación

Objetivos de aprendizaje

  • Determinar si existe una obligación presente al cierre del periodo aplicando el umbral "más probable que improbable" a toda la evidencia disponible, incluida la opinión de expertos y los hechos posteriores.L2, L3
  • Analizar si una obligación existe con independencia de las actuaciones futuras de la entidad (reparación de un daño pasado frente a una adaptación futura a la normativa).L2, L3
  • Evaluar si una decisión o una declaración de la entidad ha creado una obligación implícita (comunicación suficientemente concreta, expectativa válida de terceros).L3, L4
  • Explicar cuándo una nueva ley crea una obligación (aprobación prácticamente segura en los términos redactados) y cuándo un daño se convierte en un suceso que da origen a la obligación.L2, L3
  • Justificar la ausencia de provisión para costes necesarios para el funcionamiento futuro.L2, L3, L4

Referencias normativas

  • IAS 37 §15En los casos excepcionales en que no esté clara la existencia de una obligación presente, se considera que un suceso pasado da lugar a una obligación presente si, teniendo en cuenta toda la evidencia disponible, es más probable que improbable que exista al cierre del periodo.
  • IAS 37 §16Casi siempre está clara la existencia de una obligación presente; en caso de duda (un litigio, por ejemplo), la entidad la evalúa a partir de toda la evidencia disponible, incluida la opinión de expertos y la información aportada por hechos posteriores al cierre. Si la obligación presente es más probable que improbable, se reconoce una provisión (criterios cumplidos); si es más probable su inexistencia, se revela un pasivo contingente, salvo que la salida de recursos sea remota.
  • IAS 37 §17Un suceso pasado que da lugar a una obligación presente es un suceso que da origen a la obligación: la entidad no tiene otra alternativa realista que cancelar la obligación, ya sea porque su cancelación puede ser exigida por ley o, en el caso de una obligación implícita, porque el suceso ha creado expectativas válidas ante terceros de que la entidad cumplirá con ella.
  • IAS 37 §18Los estados financieros reflejan la situación de la entidad al cierre del periodo y no su posible situación futura: no se reconoce ninguna provisión para costes en los que haya que incurrir para funcionar en el futuro. Solo se reconocen los pasivos existentes al cierre del periodo.
  • IAS 37 §19Solo se dotan provisiones por las obligaciones surgidas de sucesos pasados que existen con independencia de las actuaciones futuras de la entidad (es decir, de la gestión futura de su actividad): multas o costes de limpieza por daños medioambientales ilícitos, costes de desmantelamiento de una instalación petrolífera o de una central nuclear en la medida en que la entidad esté obligada a reparar daños ya causados. En cambio, un desembolso que la entidad pretende o necesita realizar para funcionar de determinada manera en el futuro (instalación de filtros de humos, por ejemplo) puede evitarse mediante sus actuaciones futuras: no hay provisión.
  • IAS 37Una obligación implica siempre a otra parte, cuya identidad puede ser desconocida (el público en general). Una decisión de la dirección o del consejo solo crea una obligación implícita al cierre si se ha comunicado antes de esa fecha a los afectados de forma suficientemente concreta como para suscitar en ellos una expectativa válida de que la entidad cumplirá sus responsabilidades.
  • IAS 37Un suceso que no da lugar inmediatamente a una obligación puede hacerlo más adelante, por cambios en la ley o por un acto de la entidad (declaración pública suficientemente concreta) que dé lugar a una obligación implícita. Así, un daño medioambiental se convierte en un suceso que da origen a la obligación cuando una nueva ley exige repararlo o cuando la entidad acepta públicamente la responsabilidad de su reparación.
  • IAS 37Cuando los detalles de una nueva ley en proyecto aún no se han concretado, la obligación solo surge cuando es prácticamente seguro que la ley se aprobará en los términos redactados; esa obligación se trata entonces como una obligación legal.

Síntesis originales de los párrafos (registro de referencias), nunca una cita de la norma.

20 preguntas