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Componentes del gasto por impuesto y saldos de impuesto diferido

Objetivos de aprendizaje

  • Identificar los componentes del gasto por impuesto y la información que debe revelarse por tipo de diferencia.L2
  • Preparar la nota sobre el impuesto: componentes, saldos por naturaleza, pérdidas no reconocidas, contingencias fiscales.L3, L4

Referencias normativas

  • IAS 12Los principales componentes del gasto (ingreso) por impuesto se revelan por separado.
  • IAS 12 §80Los componentes del gasto (ingreso) por impuesto pueden incluir, entre otros: el gasto por impuesto corriente; los ajustes reconocidos en el periodo en relación con el impuesto corriente de periodos anteriores; el impuesto diferido relacionado con el nacimiento y la reversión de diferencias temporarias; el impuesto diferido relacionado con cambios en los tipos o con el establecimiento de nuevos impuestos; el beneficio procedente de una pérdida fiscal, un crédito fiscal o una diferencia temporaria de un periodo anterior no reconocidos previamente, utilizado para reducir el gasto por impuesto; el gasto por impuesto diferido derivado de la reducción de un activo por impuestos diferidos o de la reversión de una reducción anterior (párr. 56); el impuesto relacionado con cambios de políticas contables y errores incluidos en el resultado según la NIC 8 por no poder tratarse retroactivamente.
  • IAS 12 §81Debe revelarse por separado, entre otros aspectos: el impuesto relativo a cada componente de otro resultado global; una explicación de la relación entre el gasto (ingreso) por impuesto y la ganancia contable, en forma de conciliación numérica entre el gasto por impuesto y el producto de la ganancia contable por el tipo o tipos aplicables, o entre el tipo efectivo medio y el tipo aplicable, indicando la base de cálculo del tipo aplicable; una explicación de los cambios en el tipo o tipos aplicables respecto del periodo anterior; el importe de las diferencias temporarias deducibles y de las pérdidas y créditos no utilizados por los que no se reconoce ningún activo por impuestos diferidos; el importe acumulado de las diferencias temporarias asociadas a inversiones por las que no se reconoce ningún pasivo por impuestos diferidos; para cada tipo de diferencia temporaria y de pérdidas y créditos no utilizados, los activos y pasivos por impuestos diferidos reconocidos y el impuesto diferido reconocido en el resultado; las consecuencias fiscales de los dividendos propuestos o declarados antes de la autorización para la publicación de los estados financieros y no reconocidos como pasivo.
  • IAS 12La entidad revela el importe de un activo por impuestos diferidos y la naturaleza de la evidencia que respalda su reconocimiento cuando su utilización depende de ganancias fiscales futuras superiores a las derivadas de la reversión de las diferencias temporarias imponibles existentes, o cuando ha sufrido una pérdida en el periodo corriente o en el anterior en la jurisdicción correspondiente.
  • IAS 12 §82AEn las situaciones del párr. 52A, la entidad revela la naturaleza de las posibles consecuencias fiscales que tendría el pago de dividendos a sus accionistas; revela también el importe de las consecuencias que puedan determinarse en la práctica y si existen consecuencias potenciales que no puedan determinarse.
  • IAS 12A menudo sería impracticable calcular el importe de los pasivos por impuestos diferidos no reconocidos por inversiones; por ello, la norma exige revelar el importe acumulado de las diferencias temporarias subyacentes, aunque recomienda revelar los pasivos no reconocidos cuando sea practicable.
  • IAS 12 §88La entidad revela, conforme a la NIC 37, los pasivos contingentes y activos contingentes de carácter fiscal (por ejemplo, litigios no resueltos con la autoridad fiscal); este párrafo solo trata de la información a revelar, ya que el reconocimiento se rige por la NIC 12. Cuando se aprueban o anuncian cambios en los tipos o en la legislación fiscal después del cierre, la entidad revela cualquier efecto significativo de esos cambios en sus activos y pasivos por impuestos corrientes y diferidos (véase la NIC 10).

Síntesis originales de los párrafos (registro de referencias), nunca una cita de la norma.

17 preguntas