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Fijo por fijo: el test de las acciones propias

Objetivos de aprendizaje

  • Explicar la condición de importe fijo por un número fijo para un contrato liquidado con instrumentos de patrimonio propio del emisor.L2
  • Determinar si un contrato liquidado con instrumentos de patrimonio propio es un instrumento de patrimonio o un pasivo según la condición de importe fijo por un número fijo.L3

Referencias normativas

  • IAS 32 §16Un instrumento emitido es un instrumento de patrimonio, y no un pasivo financiero, si y solo si se cumplen dos condiciones: (a) no incluye ninguna obligación contractual de entregar efectivo u otro activo financiero, ni de intercambiar activos o pasivos financieros en condiciones potencialmente desfavorables para el emisor; (b) si se liquidará o podrá liquidarse con instrumentos de patrimonio propio, es un instrumento no derivado sin obligación de entregar un número variable de instrumentos de patrimonio propio, o un derivado que se liquidará únicamente mediante el intercambio de un importe fijo de efectivo u otro activo financiero por un número fijo de instrumentos de patrimonio propio (con la misma excepción que el párr. 11 para los derechos ofrecidos a prorrata). Por excepción, un instrumento que cumple la definición de pasivo financiero se clasifica como patrimonio neto si presenta todas las características y cumple las condiciones de los párr. 16A y 16B o de los párr. 16C y 16D.
  • IAS 32 §22Salvo en el caso del párr. 22A, un contrato que se liquidará mediante la recepción o la entrega de un número fijo de instrumentos de patrimonio propio a cambio de un importe fijo de efectivo u otro activo financiero es un instrumento de patrimonio (condición de «importe fijo por un número fijo»); las variaciones del valor razonable debidas a los tipos de interés de mercado que no modifican ni el importe ni el número de instrumentos no lo impiden; la prima recibida o pagada se registra directamente en el patrimonio neto y las variaciones del valor razonable del instrumento de patrimonio no se reconocen. El párr. 22A descarta esta conclusión cuando los instrumentos que deben entregarse son a su vez instrumentos clasificados como patrimonio neto en virtud de las excepciones de los párr. 16A a 16D.

Síntesis originales de los párrafos (registro de referencias), nunca una cita de la norma.

3 preguntas