Ir al contenido principal
IFRS Academy

CERTYNEX IFRS ACADEMY

Buscar en la Academia

Inicio
Mi itinerario
Ejercicios y cuestionarios
Casos prácticos
Papeles de trabajo
Exámenes
Mi progreso

ImportanteIntermedio · Avanzado · Experto

Nueva valoración del pasivo por arrendamiento

Objetivos de aprendizaje

  • Distinguir las nuevas valoraciones con un tipo de descuento revisado (cambio de plazo, cambio en la evaluación de una opción de compra) de las realizadas con el tipo sin cambios (garantía de valor residual, índice o tipo, salvo tipo de interés variable).L2, L3
  • Calcular la nueva valoración del pasivo por arrendamiento, su imputación al activo por derecho de uso y el exceso reconocido en el resultado cuando el activo por derecho de uso queda reducido a cero.L3, L4

Referencias normativas

  • IFRS 16 §39Después de la fecha de comienzo, el arrendatario aplica los párrafos 40 a 43 para valorar de nuevo el pasivo por arrendamiento a fin de reflejar los cambios en los pagos, y reconoce la diferencia como ajuste del activo por derecho de uso. Si el importe en libros del activo queda reducido a cero y el pasivo por arrendamiento sigue disminuyendo, el saldo se reconoce en el resultado.
  • IFRS 16 §40El arrendatario valora de nuevo el pasivo por arrendamiento descontando los pagos revisados a un tipo revisado si (a) cambia el plazo del arrendamiento (párrafos 20-21) o (b) cambia la evaluación de una opción de compra, considerando los sucesos y circunstancias de los párrafos 20-21; los pagos revisados reflejan entonces el cambio en los importes a pagar en virtud de la opción.
  • IFRS 16 §41Para aplicar el párrafo 40, el tipo revisado es el tipo de interés implícito en el arrendamiento para el plazo restante si puede determinarse fácilmente o, en su defecto, el tipo de interés incremental del endeudamiento del arrendatario en la fecha de la nueva evaluación.
  • IFRS 16 §42El arrendatario valora de nuevo el pasivo por arrendamiento descontando los pagos revisados cuando (a) cambian los importes que se espera pagar en virtud de una garantía de valor residual o (b) los pagos futuros varían como consecuencia de un índice o un tipo (incluso, por ejemplo, tras una revisión al alquiler de mercado); en este segundo caso, la nueva valoración solo se produce cuando cambian efectivamente los flujos de efectivo, es decir, cuando surte efecto el ajuste de los pagos, y los pagos revisados para el plazo restante se determinan sobre la base de los pagos contractuales revisados.
  • IFRS 16 §43A efectos del párrafo 42, el arrendatario mantiene el tipo de descuento sin cambios, salvo que la variación de los pagos se deba a una variación de los tipos de interés variables; utiliza entonces un tipo revisado que refleje dicha variación.

Síntesis originales de los párrafos (registro de referencias), nunca una cita de la norma.

11 preguntas