Papeles de trabajo
Modelo de papel de trabajo
Análisis de la diferencia del primer día
- Preparado por
- Borrador asistido por IA
- Revisado por
- Sin revisar — revisión humana necesaria
- Estado
- Publicado
Objetivo del papel de trabajo
Para cada transacción (una instancia por instrumento), describa los hechos y la norma aplicable al elemento, compare el precio de transacción con el valor razonable obtenido con la técnica, calcule la diferencia inicial y, en su caso, el ajuste de calibración, motive el tratamiento (ninguna diferencia, resultados, diferimiento) según la norma aplicable y prepare el asiento y su efecto en los estados financieros. La NIIF 13 no indica por sí misma dónde reconocer la diferencia: el tratamiento remite a la norma aplicable al elemento.
9 secciones · 17 bloques · 2 cálculos · 2 asientos
- IFRS 13 §57
- IFRS 13 §58
- IFRS 13 §59
- IFRS 13 §60
- IFRS 13 §64
Trabajar este papel de trabajo como misión
Cada caso que utiliza esta plantilla se abre en el espacio de misión: datos, análisis, cálculo, asiento, conclusión y revisión, con su progreso guardado.
- Diferencia del primer día y excepción de cartera de un bancoAbrir la misión · Instrumento X
- Diferencia del primer día y excepción de cartera de un bancoAbrir la misión · Instrumento Y
- Diferencia del primer día y excepción de cartera de un bancoAbrir la misión · Instrumento W
- Expediente de valoración a valor razonable de un grupo industrial y financieroAbrir la misión
4 instancias de los casos: los cálculos y asientos siguientes los ejecuta el motor de cálculo.
- Expediente y entidad
- Diferencia del primer día y excepción de cartera de un banco
- Tareas del caso documentadas aquí
- Calcule la diferencia inicial de X e Y.
- Calcule el ajuste de calibración de W.
- ¿Qué tratamiento adoptar para la diferencia de X, Y y W? Justifique.
- Contabilice las adquisiciones de X e Y.
Variables
EntradasTransacción: partes, condiciones y unidad de cuenta
TextoObligatorio
OBLIGATION_STRUCTUREE_X
Tratamiento de la diferencia previsto por la norma aplicable al elemento (a citar)
Texto
NORME_APPLICABLE_DONNEE_DU_CAS
Precio de transacción
Número
1.000.000
Valor razonable obtenido con la técnica en la fecha inicial
Número
1.060.000
Precio de transacción igual al valor razonable (calibración)
Número
Resultado inicial de la técnica antes de calibrar
Número
Justificantes
EvidenciaJustificantes obtenidos y referenciados (categoría, referencia del documento)
EvidenciaObligatorio
Análisis del precio de transacción
AnálisisIFRS 13 §57IFRS 13 §58IFRS 13 §59IFRS 13 §60
Puntos examinados: precio de transacción y valor razonable
Lista de controlObligatorio
- Precio de entrada comparado con el precio de salida
- Partes vinculadas o coacción descartadas
- Misma unidad de cuenta
- Mercado de la transacción igual al mercado de referencia
Cálculos
CálculosIFRS 13 §60IFRS 13 §64
Diferencia inicial: valor razonable − precio de transacción
Cálculo
60.000
Valor razonable obtenido con la técnica en la fecha inicial ; − Precio de transacción
Ajuste de calibración: precio de transacción − resultado inicial
Cálculo
0
Precio de transacción igual al valor razonable (calibración) ; − Resultado inicial de la técnica antes de calibrar
Asientos
AsientosDiferencia inicial reconocida en resultados
Asiento
Cuenta Debe Haber Activo financiero a valor razonable 1.060.000 Efectivo 1.000.000 Ganancia de valor razonable 60.000 Diferencia inicial diferida en la valoración del instrumento (norma aplicable)
Asiento
Cuenta Debe Haber Activo financiero a valor razonable 1.060.000 Efectivo 1.000.000 Ajuste de diferimiento de la diferencia del primer día (reduce el activo) 60.000
Tratamiento de la diferencia
JuicioIFRS 13 §60
Tratamiento de la diferencia inicial
JuicioObligatorio
Diferencia reconocida en resultados
Ninguna diferencia que reconocer (precio de transacción = valor razonable) / Diferencia reconocida en resultados / Diferencia diferida según la norma aplicable
Regla y remisión: la diferencia se reconoce en resultados salvo disposición en contrario de la norma aplicable al elemento; el eventual diferimiento procede de esa norma, no de la NIIF 13.
Justificación: hechos considerados, análisis, alternativa descartada
TextoObligatorio
Conclusión
ConclusiónDiferencia inicial, calibración y tratamiento sometidos al revisor
ConclusiónObligatorio
Efecto en los estados financieros
Impacto EEFFEfecto de los asientos, partida por partida (derivado de los asientos)
Tabla
Referencias normativas
ReferenciasPárrafos citados en este papel de trabajo y su estado de verificación
Referencias
Controles e impacto en los estados financieros
- Tratamiento documentadoCorrecto
- Asiento de resultados cuadradoCorrecto
- Asiento de diferimiento cuadradoCorrecto
- Activo
- 60.000
- Pasivo
- 0
- Resultado
- 60.000
- Otro resultado global
- 0
- Patrimonio
- 60.000
- Expediente y entidad
- Diferencia del primer día y excepción de cartera de un banco
- Tareas del caso documentadas aquí
- Calcule la diferencia inicial de X e Y.
- Calcule el ajuste de calibración de W.
- ¿Qué tratamiento adoptar para la diferencia de X, Y y W? Justifique.
- Contabilice las adquisiciones de X e Y.
Variables
EntradasTransacción: partes, condiciones y unidad de cuenta
TextoObligatorio
TITRE_DE_CREANCE_SUR_MESURE_Y
Tratamiento de la diferencia previsto por la norma aplicable al elemento (a citar)
Texto
NORME_APPLICABLE_DONNEE_DU_CAS
Precio de transacción
Número
2.000.000
Valor razonable obtenido con la técnica en la fecha inicial
Número
2.150.000
Precio de transacción igual al valor razonable (calibración)
Número
Resultado inicial de la técnica antes de calibrar
Número
Justificantes
EvidenciaJustificantes obtenidos y referenciados (categoría, referencia del documento)
EvidenciaObligatorio
Análisis del precio de transacción
AnálisisIFRS 13 §57IFRS 13 §58IFRS 13 §59IFRS 13 §60
Puntos examinados: precio de transacción y valor razonable
Lista de controlObligatorio
- Precio de entrada comparado con el precio de salida
- Partes vinculadas o coacción descartadas
- Misma unidad de cuenta
- Mercado de la transacción igual al mercado de referencia
Cálculos
CálculosIFRS 13 §60IFRS 13 §64
Diferencia inicial: valor razonable − precio de transacción
Cálculo
150.000
Valor razonable obtenido con la técnica en la fecha inicial ; − Precio de transacción
Ajuste de calibración: precio de transacción − resultado inicial
Cálculo
0
Precio de transacción igual al valor razonable (calibración) ; − Resultado inicial de la técnica antes de calibrar
Asientos
AsientosDiferencia inicial reconocida en resultados
Asiento
Cuenta Debe Haber Activo financiero a valor razonable 2.150.000 Efectivo 2.000.000 Ganancia de valor razonable 150.000 Diferencia inicial diferida en la valoración del instrumento (norma aplicable)
Asiento
Cuenta Debe Haber Activo financiero a valor razonable 2.150.000 Efectivo 2.000.000 Ajuste de diferimiento de la diferencia del primer día (reduce el activo) 150.000
Tratamiento de la diferencia
JuicioIFRS 13 §60
Tratamiento de la diferencia inicial
JuicioObligatorio
Diferencia diferida según la norma aplicable
Ninguna diferencia que reconocer (precio de transacción = valor razonable) / Diferencia reconocida en resultados / Diferencia diferida según la norma aplicable
Regla y remisión: la diferencia se reconoce en resultados salvo disposición en contrario de la norma aplicable al elemento; el eventual diferimiento procede de esa norma, no de la NIIF 13.
Justificación: hechos considerados, análisis, alternativa descartada
TextoObligatorio
Conclusión
ConclusiónDiferencia inicial, calibración y tratamiento sometidos al revisor
ConclusiónObligatorio
Efecto en los estados financieros
Impacto EEFFEfecto de los asientos, partida por partida (derivado de los asientos)
Tabla
Referencias normativas
ReferenciasPárrafos citados en este papel de trabajo y su estado de verificación
Referencias
Controles e impacto en los estados financieros
- Tratamiento documentadoCorrecto
- Asiento de resultados cuadradoCorrecto
- Asiento de diferimiento cuadradoCorrecto
- Activo
- 150.000
- Pasivo
- 0
- Resultado
- 150.000
- Otro resultado global
- 0
- Patrimonio
- 150.000
- Expediente y entidad
- Diferencia del primer día y excepción de cartera de un banco
- Tareas del caso documentadas aquí
- Calcule la diferencia inicial de X e Y.
- Calcule el ajuste de calibración de W.
- ¿Qué tratamiento adoptar para la diferencia de X, Y y W? Justifique.
- Contabilice las adquisiciones de X e Y.
Variables
EntradasTransacción: partes, condiciones y unidad de cuenta
TextoObligatorio
INSTRUMENT_W_TRANSACTION_ORDONNEE
Tratamiento de la diferencia previsto por la norma aplicable al elemento (a citar)
Texto
Precio de transacción
Número
Valor razonable obtenido con la técnica en la fecha inicial
Número
Precio de transacción igual al valor razonable (calibración)
Número
1.200.000
Resultado inicial de la técnica antes de calibrar
Número
1.250.000
Justificantes
EvidenciaJustificantes obtenidos y referenciados (categoría, referencia del documento)
EvidenciaObligatorio
Análisis del precio de transacción
AnálisisIFRS 13 §57IFRS 13 §58IFRS 13 §59IFRS 13 §60
Puntos examinados: precio de transacción y valor razonable
Lista de controlObligatorio
- Precio de entrada comparado con el precio de salida
- Partes vinculadas o coacción descartadas
- Misma unidad de cuenta
- Mercado de la transacción igual al mercado de referencia
Cálculos
CálculosIFRS 13 §60IFRS 13 §64
Diferencia inicial: valor razonable − precio de transacción
Cálculo
0
Valor razonable obtenido con la técnica en la fecha inicial ; − Precio de transacción
Ajuste de calibración: precio de transacción − resultado inicial
Cálculo
-50.000
Precio de transacción igual al valor razonable (calibración) ; − Resultado inicial de la técnica antes de calibrar
Asientos
AsientosDiferencia inicial reconocida en resultados
Asiento
Debe Activo financiero a valor razonable ← Valor razonable obtenido con la técnica en la fecha inicial ; Haber Efectivo ← Precio de transacción ; Haber Ganancia de valor razonable ← Diferencia inicial: valor razonable − precio de transacción
Diferencia inicial diferida en la valoración del instrumento (norma aplicable)
Asiento
Debe Activo financiero a valor razonable ← Valor razonable obtenido con la técnica en la fecha inicial ; Haber Efectivo ← Precio de transacción ; Haber Ajuste de diferimiento de la diferencia del primer día (reduce el activo) ← Diferencia inicial: valor razonable − precio de transacción
Tratamiento de la diferencia
JuicioIFRS 13 §60
Tratamiento de la diferencia inicial
JuicioObligatorio
Ninguna diferencia que reconocer (precio de transacción = valor razonable)
Ninguna diferencia que reconocer (precio de transacción = valor razonable) / Diferencia reconocida en resultados / Diferencia diferida según la norma aplicable
Regla y remisión: la diferencia se reconoce en resultados salvo disposición en contrario de la norma aplicable al elemento; el eventual diferimiento procede de esa norma, no de la NIIF 13.
Justificación: hechos considerados, análisis, alternativa descartada
TextoObligatorio
Conclusión
ConclusiónDiferencia inicial, calibración y tratamiento sometidos al revisor
ConclusiónObligatorio
Efecto en los estados financieros
Impacto EEFFEfecto de los asientos, partida por partida (derivado de los asientos)
Tabla
Referencias normativas
ReferenciasPárrafos citados en este papel de trabajo y su estado de verificación
Referencias
Controles e impacto en los estados financieros
- Tratamiento documentadoCorrecto
- Asiento de resultados cuadradoNo evaluado
- Asiento de diferimiento cuadradoNo evaluado
- Activo
- 0
- Pasivo
- 0
- Resultado
- 0
- Otro resultado global
- 0
- Patrimonio
- 0
- Expediente y entidad
- Expediente de valoración a valor razonable de un grupo industrial y financiero
- Tareas del caso documentadas aquí
- Calcule la diferencia inicial del instrumento adquirido.
- ¿Qué tratamiento adoptar para la diferencia inicial? Justifique.
- Contabilice la adquisición del instrumento.
Variables
EntradasTransacción: partes, condiciones y unidad de cuenta
TextoObligatorio
INSTRUMENT_ACQUIS_LE_15_OCTOBRE
Tratamiento de la diferencia previsto por la norma aplicable al elemento (a citar)
Texto
NORME_APPLICABLE_DONNEE_DU_CAS
Precio de transacción
Número
5.000.000
Valor razonable obtenido con la técnica en la fecha inicial
Número
5.120.000
Precio de transacción igual al valor razonable (calibración)
Número
Resultado inicial de la técnica antes de calibrar
Número
Justificantes
EvidenciaJustificantes obtenidos y referenciados (categoría, referencia del documento)
EvidenciaObligatorio
Análisis del precio de transacción
AnálisisIFRS 13 §57IFRS 13 §58IFRS 13 §59IFRS 13 §60
Puntos examinados: precio de transacción y valor razonable
Lista de controlObligatorio
- Precio de entrada comparado con el precio de salida
- Partes vinculadas o coacción descartadas
- Misma unidad de cuenta
- Mercado de la transacción igual al mercado de referencia
Cálculos
CálculosIFRS 13 §60IFRS 13 §64
Diferencia inicial: valor razonable − precio de transacción
Cálculo
120.000
Valor razonable obtenido con la técnica en la fecha inicial ; − Precio de transacción
Ajuste de calibración: precio de transacción − resultado inicial
Cálculo
0
Precio de transacción igual al valor razonable (calibración) ; − Resultado inicial de la técnica antes de calibrar
Asientos
AsientosDiferencia inicial reconocida en resultados
Asiento
Cuenta Debe Haber Activo financiero a valor razonable 5.120.000 Efectivo 5.000.000 Ganancia de valor razonable 120.000 Diferencia inicial diferida en la valoración del instrumento (norma aplicable)
Asiento
Cuenta Debe Haber Activo financiero a valor razonable 5.120.000 Efectivo 5.000.000 Ajuste de diferimiento de la diferencia del primer día (reduce el activo) 120.000
Tratamiento de la diferencia
JuicioIFRS 13 §60
Tratamiento de la diferencia inicial
JuicioObligatorio
Diferencia reconocida en resultados
Ninguna diferencia que reconocer (precio de transacción = valor razonable) / Diferencia reconocida en resultados / Diferencia diferida según la norma aplicable
Regla y remisión: la diferencia se reconoce en resultados salvo disposición en contrario de la norma aplicable al elemento; el eventual diferimiento procede de esa norma, no de la NIIF 13.
Justificación: hechos considerados, análisis, alternativa descartada
TextoObligatorio
Conclusión
ConclusiónDiferencia inicial, calibración y tratamiento sometidos al revisor
ConclusiónObligatorio
Efecto en los estados financieros
Impacto EEFFEfecto de los asientos, partida por partida (derivado de los asientos)
Tabla
Referencias normativas
ReferenciasPárrafos citados en este papel de trabajo y su estado de verificación
Referencias
Controles e impacto en los estados financieros
- Tratamiento documentadoCorrecto
- Asiento de resultados cuadradoCorrecto
- Asiento de diferimiento cuadradoCorrecto
- Activo
- 120.000
- Pasivo
- 0
- Resultado
- 120.000
- Otro resultado global
- 0
- Patrimonio
- 120.000
Variables
EntradasTransacción: partes, condiciones y unidad de cuenta
TextoObligatorio
Tratamiento de la diferencia previsto por la norma aplicable al elemento (a citar)
Texto
Precio de transacción
Número
Valor razonable obtenido con la técnica en la fecha inicial
Número
Precio de transacción igual al valor razonable (calibración)
Número
Resultado inicial de la técnica antes de calibrar
Número
Justificantes
EvidenciaJustificantes obtenidos y referenciados (categoría, referencia del documento)
EvidenciaObligatorio
Análisis del precio de transacción
AnálisisIFRS 13 §57IFRS 13 §58IFRS 13 §59IFRS 13 §60
Puntos examinados: precio de transacción y valor razonable
Lista de controlObligatorio
- Precio de entrada comparado con el precio de salida
- Partes vinculadas o coacción descartadas
- Misma unidad de cuenta
- Mercado de la transacción igual al mercado de referencia
Cálculos
CálculosIFRS 13 §60IFRS 13 §64
Diferencia inicial: valor razonable − precio de transacción
Cálculo
Valor razonable obtenido con la técnica en la fecha inicial ; − Precio de transacción
Ajuste de calibración: precio de transacción − resultado inicial
Cálculo
Precio de transacción igual al valor razonable (calibración) ; − Resultado inicial de la técnica antes de calibrar
Asientos
AsientosDiferencia inicial reconocida en resultados
Asiento
Debe Activo financiero a valor razonable ← Valor razonable obtenido con la técnica en la fecha inicial ; Haber Efectivo ← Precio de transacción ; Haber Ganancia de valor razonable ← Diferencia inicial: valor razonable − precio de transacción
Diferencia inicial diferida en la valoración del instrumento (norma aplicable)
Asiento
Debe Activo financiero a valor razonable ← Valor razonable obtenido con la técnica en la fecha inicial ; Haber Efectivo ← Precio de transacción ; Haber Ajuste de diferimiento de la diferencia del primer día (reduce el activo) ← Diferencia inicial: valor razonable − precio de transacción
Tratamiento de la diferencia
JuicioIFRS 13 §60
Tratamiento de la diferencia inicial
JuicioObligatorio
Ninguna diferencia que reconocer (precio de transacción = valor razonable) / Diferencia reconocida en resultados / Diferencia diferida según la norma aplicable
Regla y remisión: la diferencia se reconoce en resultados salvo disposición en contrario de la norma aplicable al elemento; el eventual diferimiento procede de esa norma, no de la NIIF 13.
Justificación: hechos considerados, análisis, alternativa descartada
TextoObligatorio
Conclusión
ConclusiónDiferencia inicial, calibración y tratamiento sometidos al revisor
ConclusiónObligatorio
Efecto en los estados financieros
Impacto EEFFEfecto de los asientos, partida por partida (derivado de los asientos)
Tabla
Referencias normativas
ReferenciasPárrafos citados en este papel de trabajo y su estado de verificación
Referencias