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Pérdidas y créditos fiscales no utilizados

Objetivos de aprendizaje

  • Determinar el importe del activo por impuestos diferidos que puede reconocerse por pérdidas fiscales compensables teniendo en cuenta las diferencias imponibles y los plazos de compensación.L2, L3
  • Evaluar la "evidencia convincente" de una entidad con un historial de pérdidas recientes.L3, L4
  • Reconocer el activo por impuestos diferidos sobre pérdidas y su reducción.L2
  • Explicar la información que debe revelarse sobre las pérdidas no reconocidas y sobre el activo cuya recuperación depende de ganancias futuras.L3

Referencias normativas

  • IAS 12Cuando la entidad tiene un historial de pérdidas recientes, aplica las indicaciones de los párr. 35 y 36.
  • IAS 12 §34Se reconoce un activo por impuestos diferidos por la compensación de pérdidas fiscales y créditos fiscales no utilizados en la medida en que sea probable que se disponga de ganancias fiscales futuras contra las que utilizarlos.
  • IAS 12 §35Los criterios son los mismos que para las diferencias temporarias deducibles; no obstante, la existencia de pérdidas fiscales no utilizadas constituye una evidencia sólida de que podría no disponerse de ganancias fiscales futuras: cuando la entidad tiene un historial de pérdidas recientes, el activo solo se reconoce en la medida en que disponga de diferencias temporarias imponibles suficientes o exista otra evidencia convincente de que dispondrá de ganancia fiscal suficiente.
  • IAS 12 §36Para evaluar la probabilidad de disponer de ganancia fiscal contra la que utilizar las pérdidas o créditos no utilizados, la entidad considera varios criterios, entre ellos la existencia de diferencias temporarias imponibles suficientes, relacionadas con la misma autoridad fiscal y la misma entidad fiscal, que darán lugar a importes imponibles antes de que expiren las pérdidas o créditos.
  • IAS 12 §81Debe revelarse por separado, entre otros aspectos: el impuesto relativo a cada componente de otro resultado global; una explicación de la relación entre el gasto (ingreso) por impuesto y la ganancia contable, en forma de conciliación numérica entre el gasto por impuesto y el producto de la ganancia contable por el tipo o tipos aplicables, o entre el tipo efectivo medio y el tipo aplicable, indicando la base de cálculo del tipo aplicable; una explicación de los cambios en el tipo o tipos aplicables respecto del periodo anterior; el importe de las diferencias temporarias deducibles y de las pérdidas y créditos no utilizados por los que no se reconoce ningún activo por impuestos diferidos; el importe acumulado de las diferencias temporarias asociadas a inversiones por las que no se reconoce ningún pasivo por impuestos diferidos; para cada tipo de diferencia temporaria y de pérdidas y créditos no utilizados, los activos y pasivos por impuestos diferidos reconocidos y el impuesto diferido reconocido en el resultado; las consecuencias fiscales de los dividendos propuestos o declarados antes de la autorización para la publicación de los estados financieros y no reconocidos como pasivo.
  • IAS 12La entidad revela el importe de un activo por impuestos diferidos y la naturaleza de la evidencia que respalda su reconocimiento cuando su utilización depende de ganancias fiscales futuras superiores a las derivadas de la reversión de las diferencias temporarias imponibles existentes, o cuando ha sufrido una pérdida en el periodo corriente o en el anterior en la jurisdicción correspondiente.

Síntesis originales de los párrafos (registro de referencias), nunca una cita de la norma.

28 preguntas