NIC 12Capítulo 4Lección 4
La excepción del reconocimiento inicial y las diferencias de igual importe
Paso 1 de 9Objetivos de aprendizaje
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Cuando un activo o un pasivo se reconoce por primera vez con un importe en libros distinto de su base fiscal, no se reconoce impuesto diferido si la transacción no es una combinación de negocios, no afecta ni a la ganancia contable ni a la ganancia fiscal y no genera diferencias imponibles y deducibles de igual importe. Desde 2021 quedan excluidos los arrendamientos del arrendatario y las obligaciones de desmantelamiento, que suelen generar dos diferencias iguales. Las subvenciones deducidas del importe en libros siguen dentro de la excepción; los instrumentos compuestos no entran en ella.
Objetivos de aprendizaje
- Identificar las tres condiciones de la excepción del reconocimiento inicial.
- Calcular el activo y el pasivo por impuesto diferido derivados de un arrendamiento o de una obligación de desmantelamiento en el origen.
- Analizar un activo cuyo coste no es deducible, una subvención deducida del importe en libros y un instrumento compuesto a la luz de la excepción.
- Justificar la aplicación o no de la excepción según la legislación fiscal del caso.