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Diferencias temporarias imponibles y pasivos por impuesto diferido

Objetivos de aprendizaje

  • Identificar las situaciones que generan una diferencia temporaria imponible (activo cuyo importe en libros excede de su base fiscal).L1, L2
  • Calcular la diferencia temporaria imponible y el pasivo por impuestos diferidos correspondiente.L1, L2
  • Registrar el nacimiento y la reversión de un pasivo por impuestos diferidos.L2
  • Analizar el efecto de una revalorización o de una valoración a valor razonable sin ajuste fiscal equivalente, aunque no exista intención de enajenar.L2, L3

Referencias normativas

  • IAS 12 §15Se reconoce un pasivo por impuestos diferidos por todas las diferencias temporarias imponibles, salvo que surja (a) del reconocimiento inicial del fondo de comercio o (b) del reconocimiento inicial de un activo o un pasivo en una transacción que no es una combinación de negocios, que en el momento de la transacción no afecta ni a la ganancia contable ni a la ganancia (pérdida) fiscal y que no da lugar a diferencias temporarias imponibles y deducibles de igual importe (condición (b)(iii) añadida en 2021).
  • IAS 12 §16El reconocimiento de un activo supone que su importe en libros se recuperará en forma de beneficios económicos futuros; cuando el importe en libros excede de la base fiscal, los beneficios imponibles exceden de las deducciones fiscales permitidas: la diferencia es una diferencia temporaria imponible y el impuesto que se pagará por ella es un pasivo por impuestos diferidos.
  • IAS 12Algunas diferencias temporarias surgen de un desfase entre el resultado contable y el resultado fiscal, por ejemplo: ingresos por intereses reconocidos en proporción al tiempo transcurrido pero que tributan en el momento del cobro; amortización fiscal acelerada de un activo; gastos de desarrollo activados y amortizados con cargo al resultado aunque se dedujeron fiscalmente en el periodo en que se incurrieron.
  • IAS 12 §18También surgen diferencias temporarias cuando: (a) los activos identificables adquiridos y los pasivos asumidos en una combinación de negocios se reconocen a su valor razonable (NIIF 3) sin ajuste fiscal equivalente (párr. 19); (b) se revalorizan activos sin ajuste fiscal equivalente (párr. 20); (c) surge un fondo de comercio en una combinación de negocios (párr. 21); (d) la base fiscal de un activo o pasivo difiere, en el reconocimiento inicial, de su importe en libros inicial, por ejemplo en el caso de una subvención no imponible relacionada con un activo (párrs. 22 y 33); (e) el importe en libros de las inversiones en dependientes, sucursales, asociadas o acuerdos conjuntos pasa a ser distinto de su base fiscal (párrs. 38 a 45). Las diferencias de cambio sobre partidas no monetarias se tratan en el párr. 41.
  • IAS 12 §20Cuando los activos se valoran a valor razonable o se revalorizan sin ajuste fiscal equivalente, la diferencia entre el importe en libros del activo revalorizado y su base fiscal es una diferencia temporaria que da lugar a un pasivo o activo por impuestos diferidos, aunque la entidad no tenga intención de enajenar el activo.
  • IAS 12 §41Cuando los activos y pasivos no monetarios se valoran en la moneda funcional de la entidad pero la ganancia (pérdida) fiscal se determina en otra moneda, las variaciones de los tipos de cambio generan diferencias temporarias que dan lugar a un pasivo o activo por impuestos diferidos.

Síntesis originales de los párrafos (registro de referencias), nunca una cita de la norma.

28 preguntas